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Denuncia contra Vizcarra y exministros pasó a asesoría técnica

Lima.- La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó que el informe de calificación que declaraba improcedente la denuncia constitucional N.° 350 en contra del presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo; el expresidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar y su gabinete y que retorne a la asesoría técnica a fin de que se realice un mayor estudio.

Así lo decidió el grupo de trabajo que preside el congresista Luis Roel Alva, respecto a la acusación presentada por la excongresista Yeny Vilcatoma De la Cruz contra las citadas personas por el presunto delito de función conspiración y abuso de autoridad; así como por infracción del artículo 117 de la Constitución Política del Perú, en referencia a la disolución del Congreso del República del 30 de setiembre del 2019.

El acuerdo fue tomado con siete votos a favor y seis, en contra. Gracias a una cuestión previa planteada, en ese sentido, por el congresista Carlos Almerí Veramendi (PP).

El parlamentario dijo que se trata de un tema de relevancia política, constitucional y reglamentaria, por lo que estimó que el informe presentado en la sesión podría ser modificado.

Dijo que si bien el Tribunal Constitucional es el órgano máximo de interpretación en cuanto a la formalidad de la ley, nosotros -que estamos investidos del control político- tenemos que ver si surgieron hechos que constituyen infracciones a la Constitución.

Agregó que “nosotros estamos en una etapa preliminar de hechos graves, que vengan acá y expliquen cuáles han sido sus razones”. Subrayó que -en su opinión- tiene que plantearse un juicio político. “Tenemos que investigar, porque constituyen graves actos”, concluyó el legislador tras lo cual planteó su cuestión previa para que el informe sea nuevamente estudiado por la asesoría técnica de la subcomisión.

Por su parte, el legislador Carlos Mesía (FP) opinó que “lo que estamos decidiendo aquí es histórico y trascendental si es que vamos a permitir -en adelante- la violentación del régimen y el sistema democrático constitucional y vamos a dejar pasar por agua tibia y nos vamos a convertir en esos cuatro consecuentes del Tribunal Constitucional que avalaron un golpe de Estado”.

Agregó que “el presidente de la república y los ministros avalaron un golpe de Estado y hubo un levantamiento de armas, porque se impidió el funcionamiento del Congreso con las fuerzas policiales cerrando el Congreso e impidiendo su funcionamiento”.

Por lo antes mencionado, opinó que la denuncia merece un mayor análisis. “Que vengan aquí y expliquen por qué cerraron el Congreso”, concluyó.

En su intervención, la congresista Martha Chávez Cossio (FP) observó que la denuncia se presenta el 30 setiembre de 2019 a las 9: 05 h  y todo lo que la congresista señaló al final terminó por materializarse, por eso estamos hoy aquí. Subrayó que describe hechos previos que al final fueron realidad.

Posteriormente, dijo que se incurre en error en la etapa de calificación que hace referencia al tema de fondo, lo cual calificó como un exceso.

“Se habla de que no se ha definido la responsabilidad de los ministros y por supuesto se ha definido con hechos y responsabilidades. En la página 7 están los hechos que se le atribuyen a los ministros”, dijo Chávez.

Por su lado, el parlamentario Franco Salinas (AP) pidió que se evalúe la posibilidad de declarar procedente la denuncia para que entre al debate respecto del acto de disolución del Congreso. Declarar improcedente podría impedir que al menos se debata.

En la referida denuncia constitucional se incluye a los ministros Silvia Cáceres Pizarro (exministra de Trabajo y Promoción del Empleo), Carlos Oliva Neyra (exministro de Economía y Finanzas), Carlos Morán Soto (exministro del Interior), Roció Barrios Alvarado (exministra de la Producción), María Jara Risco (exministra de Transportes y Comunicaciones), Luis Castillo Butters (exministro de Cultura), Elizabeth Tomás Gonzales (exministra de Salud), Flor Pablo Medina (exministra de Educación), Vicente Zeballos Salinas (exministro de Justicia y Derechos Humanos), Francisco Ismodes Mezzano (ministro de Energía y Minas), Gloria Montenegro Figueroa (ministra de la Mujer), Paola Bustamante Suárez (exministro de Desarrollo e Inclusión Social), Jorge Ricardo Francisco Moscoso (exministro de Defensa), Fabiola Martha Muñoz Dorero (exministra de Agricultura) y Lucia Delfina Ruiz Ostoic (exministra del Ambiente)

DENUNCIAS CIUDADANAS

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó -por unanimidad, con doce votos a favor- el informe de calificación que declara improcedente la denuncia constitucional 345 presentada por el ciudadano Walter David Luque Chaiña en contra del exministro del Interior Carlos Morán Soto; así como a Carlos Illanes Calderón (Director Nacional del Sistema de Inteligencia del Estado), Roger Hernández Jiménez (agente de inteligencia), Marisabel Sánchez Bonet (agente de inteligencia), Roger Hernández Sánchez (agente de inteligencia). La materia es juicio político y antejuicio político.

“Delitos: presunta comisión de los delitos de los artículos 103, 317, 317, 317-A, 321, 323, 404, 407 y 413 del CP, entre ellos reglaje, tortura, encubrimiento personal, omisión de denuncia, prevaricato”, dijo Luis Roel Alva, titular de la subcomisión.

Así también tuvo la misma suerte, al ser aprobado con once votos a favor y una abstención el informe de calificación que declara improcedente la denuncia constitucional N.° 361, presentada por el ciudadano José Ascencio Vergaray Ramos en contra del congresista Walter Yonni Ascona Calderón por el delito presunta comisión del delito de perturbación a la tranquilidad pública (artículo 315-A del Código Penal). Materia: antejuicio político.

Posteriormente, fue aprobado -con nueve votos a favor, una abstención y dos en contra-  el informe de calificación de la denuncia constitucional N.° 370, presentada por el ciudadano José Miguel Mascaro Zanabria en contra del exministro de Salud, Víctor Zamora Mesías, y la exviceministra de Salud, Nancy Adriana Zerpa Tawara, por el delito de presunta comisión del delito de atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo (artículo 168-A del Código Penal). Materia: antejuicio político.

Luego, la congresista Tania Rodas planteó una reconsideración a la votación de dicho informe, sustentada en que el mismo requirió mayor debate. Con ocho votos a favor y seis en contra la reconsideración no logró los once votos requeridos para su aprobación. 

También tuvo la misma suerte al ser sancionado -con ocho votos a favor y cuatro en contra- el informe de calificación que declara improcedente la denuncia constitucional N.° 380, presentada por el ciudadano Carlos Ramón Gómez Chiarella en contra de un denunciado no específico. Materia: antejuicio político y juicio político.

“Delito: presunta comisión del delito de corrupción (no específica número de artículo del Código Penal), infracción constitucional: infracción a los deberes de la función pública de la Constitución Política del Perú, entre ellos genocidio”, dijo Roel Alva.

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