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Día de La Libertad religiosa

La libertad religiosa y de conciencia es un derecho fundamental inherente a la dignidad de la persona humana. Toda persona tiene derecho a profesar y practicar públicamente su religión y que las leyes le garanticen un amplio respeto a su libertad religiosa, exenta de coacciones y de restricciones arbitrarias, fundadas o motivadas en la religión que se profesa, tanto por parte del Estado como de particulares.

Hoy, desde ACIERA, adherimos al Día de la Libertad Religiosa, reconocido en numerosas provincias de nuestro país y propuesto por el CALIR (Consejo Argentino para la Libertad Religiosa), recordando aquel 25 de noviembre de 1981, cuando se produjo la solemne proclamación por parte de la Asamblea de las Naciones Unidas, a través de la “Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones”. Este instrumento internacional, que cumple 40 años, es el que de manera más enfática ha proclamado el derecho fundamental a la libertad religiosa, explicitando los distintos derechos que, tanto para los individuos como para las comunidades religiosas, derivan del mismo.

Creemos oportuno recordar la necesidad de que nuestro país cuente con una Ley de Libertad Religiosa, que garantice a las personas el pleno ejercicio de sus derechos y que reconozca en su integridad a los credos desde nuestro ordenamiento jurídico, algo que les ha sido impedido aun en tiempos de democracia.  Recién en el año 2013, el nuevo Código Civil y Comercial en el art. 148 inc. e), ha reconocido finalmente a las iglesias y comunidades religiosas como personas jurídicas de derecho privado, aunque al no contar con una ley que lo reglamente, no tiene aplicación práctica, debiendo los credos acudir a otras formas legales alternativas (como las asociaciones civiles), para ejercer sus derechos civiles. Tampoco se han reconocido debidamente las capellanías de otros credos en el ámbito de las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Seguridad, los centros de salud y las unidades carcelarias.

Si bien es cierto que en nuestro país gozamos en forma amplia de libertad religiosa, con base en el artículo 14 de nuestra Carta Magna y en los tratados internacionales, no es menos cierto que periódicamente hay intentos de limitarla o restringirla de alguna forma o de otra.  Por ello, hacemos un llamado a toda la sociedad, a sostener y defender de manera firme la libertad religiosa como un derecho humano fundamental, tanto en su esfera privada como pública, tanto individual como colectivamente. Rechazamos asimismo cualquier acción o medida que intente menoscabar el pleno ejercicio de la libertad de conciencia y religión de todos y cada uno de los ciudadanos. Oramos por las autoridades gubernamentales, responsables de proteger el derecho de las personas a conservar o bien cambiar su religión o creencias, como también en el marco de la ley, a manifestarlas, divulgarlas y aun enseñarlas a sus hijos, de acuerdo a sus propias convicciones, sin que nadie pueda obstaculizar este derecho personalísimo. Por último, rogamos que nuestro país pueda seguir sosteniendo el diálogo y la convivencia entre los credos garantizando la paz y la armonía social.

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