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Municipalidades del país brindarán información autodiligenciada para actualizar el Registro Nacional de Municipalidades 2020

Lima.- El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) dio a conocer el inicio de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2020, investigación estadística que consolida información de las 196 municipalidades provinciales, 1 mil 678 municipalidades distritales y 2 mil 740 municipalidades de centros poblados, según lo establece la Resolución Jefatural N° 047-2020-INEI, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 23 de febrero del presente año.

Este registro permitirá disponer de información sobre gestión del riesgo de desastres, seguridad ciudadana, servicios públicos, protección y conservación del ambiente, licencias otorgadas para funcionamiento de negocios, edificación y habilitación urbana, cultura y deporte, salud, organizaciones sociales, casos atendidos en las Defensorías Municipales del Niño y del Adolescente, promoción del desarrollo económico local, articipación vecinal, recojo de residuos sólidos, entre las principales variables de gestión municipal.

Adicionalmente, recoge información sobre personal por categoría de ocupación y condición laboral, equipamiento y recursos informáticos, entre otras, con el propósito de brindar información actualizada y de utilidad para las autoridades en cuanto a la toma de decisión en los tres niveles de gobierno, investigadores, estudiantes y público en general.

Municipalidades podrán diligenciar los formularios en línea
Las Municipalidades Provinciales y Distritales del todo el país podrán diligenciar el “Formulario 01: Registro Nacional de Municipalidades 2020” que está disponible en la dirección electrónica http://censos.inei.gob.pe/renamu/2020/formulario01/ , utilizando el usuario y clave de acceso que serán proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática mediante oficio dirigido al Alcalde.

Igualmente, las municipalidades de Centros Poblados podrán ingresar su información en el “Formulario 02: Directorio Nacional de Municipalidades de Centros Poblados 2020” mediante la dirección electrónica http://censos.inei.gob.pe/renamu/2020/formulario02/ .

Cabe precisar que debido a las medidas establecidas por el Gobierno Central a través del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM donde se declara el Estado de Emergencia Nacional, en el caso de presentarse alguna dificultad en el diligenciamiento del Formulario en Línea o para acceder al servicio de internet el INEI pone a disposición de cada una de las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados del país el Formulario en formato PDF, que podrá descargarlo e imprimirlo de la página web del INEI al ingresar a la dirección electrónica https://www.inei.gob.pe/estadisticas/encuestas/ .

Hasta el 26 de junio 2020 las municipalidades deberán diligenciar la información
El plazo máximo para el diligenciamiento del Formulario en Línea vencerá el 26 de junio del presente año. En caso diligencien el Formulario impreso la recepción de este documento en Lima Metropolitana será en la sede central del INEI, ubicada en la Av. Gral. Garzón 654 – 658, distrito de Jesús María; mientras que las municipalidades ubicadas fue de Lima Metropolitana la recepción será en las Oficinas Departamentales y Zonales de la Institución, cuyas direcciones se encuentran disponibles en la página web http://www.inei.gob.pe/sedes/ .

Las autoridades municipales del interior del país que requieran información adicional podrán comunicarse a los teléfonos de las Oficinas Departamentales y Zonales del INEI y en Lima Metropolitana podrán comunicarse a la central telefónica (01) 203-2640 / 652-0000 anexos 9384, 9385, 9387 y 9383, a los teléfonos móviles 994-603270, 991-685938, 991-681389 o al correo electrónico renamu@inei.gob.pe

Municipalidades deberán remitir la información en el plazo establecido conforme a la normativa vigente
Las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido serán sancionadas conforme a lo dispuesto en los artículos 87°, 89° y 91° del Decreto Supremo Nº 043-2001 PCM. Además, se informa que el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información requerida.

Cabe recordar que la base de datos del Registro Nacional de Municipalidades ejecutados en los últimos años y los cuadros de resultados se encuentran disponibles en el portal web del INEI.

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