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SUSALUD se pronuncia sobre denuncias referidas a las facturaciones elevadas de las clínicas

PERU.- Ante las denuncias públicas referidas a la facturación de clínicas por atención y hospitalización de pacientes COVID-19, SUSALUD informa lo siguiente:

▪          Se encuentra vigente el Decreto de Urgencia N° 017-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas para la Cobertura Universal de Salud.

▪          Las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud (IAFAS) tienen la obligación de brindar protección financiera a sus asegurados.

▪          Toda clínica privada que admita para atención a pacientes asegurados debe informar de inmediato a la IAFAS correspondiente para coordinar la cobertura financiera que genere su atención, así como, de ser el caso, la referencia oportuna a una institución prestadora de servicios de salud (IPRESS) autorizada para tal fin por la IAFAS. En caso de no contar con dicha disponibilidad, deberá primar el derecho a la protección y continuidad de la atención del paciente asegurado que proteja su salud y su vida.

▪          Dicha comunicación deberá reportarse a SUSALUD para que, en el ámbito de sus facultades fiscalizadoras, intermedie en el cumplimiento de la obligación de las IAFAS. Al respecto es pertinente recordar la vigencia del Decreto Legislativo 1466, que aprueba disposiciones para fortalecer y facilitar la implementación del intercambio prestacional en el sistema nacional de salud, que permita la adecuada y plena prestación de los servicios de prevención y atención de salud para las personas contagiadas y con riesgo de contagio por COVID-19, instando a las IAFAS responsables de establecer los mecanismos dispuestos para facilitar la atención de sus asegurados garantizando con ello la portabilidad de dichos seguros.

▪          SUSALUD, en salvaguarda de garantizar los derechos de los pacientes frente a los cobros de los cuales son objeto en establecimientos privados de salud, pone a disposición de los usuarios que así lo soliciten, la auditoría de las facturaciones recibidas en la búsqueda de detectar factores abusivos o indebidos en la misma o hechos que contravengan la relación de consumo establecida o la idoneidad del servicios, ofrecido y recibido, por el paciente; hechos que serán motivo de las sanciones establecidas según norma y la devolución, de ser el caso, de los montos cobrados.

▪          Es pertinente señalar que hemos intervenido casos en los que se nos ha expresado que por voluntad del paciente o sus familiares responsables desean continuar recibiendo los servicios iniciados en establecimientos privados, solicitando a SUSALUD su intermediación y conciliación de las deudas generadas pedidos que hemos acogido como voluntad de los usuarios.

▪          SUSALUD, con el objetivo de garantizar la transparencia, el derecho a la información y la protección de los usuarios de los servicios de salud brindados por clínicas privadas, en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional ha emitido en fecha reciente la Resolución de Superintendencia N° 043-2020-SUSALUD/S, mediante el cual las clínicas están obligadas a remitir a esta entidad la información de los precios de venta de los productos, servicios y dispositivos médicos para la prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, servicios complementarios o auxiliares, en el marco de las acciones preventivas y de control del COVID-19, resultando pertinente recordar a las clínicas privadas la obligación de informar al usuario sobre las condiciones y características del servicio a ser entregado, condiciones que están al alcance de nuestra acción fiscalizadora por afectar la relación de consumo e idoneidad del servicio.

▪          Es necesario señalar que SUSALUD, al no ser un organismo regulador, viene gestionando medidas de orden normativo que permitan establecer límites a los cobros exorbitantes y abusivos que se vienen denunciando en el actual escenario de la pandemia por COVID-19 en perjuicio de los usuarios de los servicios de salud; así como medidas destinadas a su fortalecimiento que le permitan un mejor despliegue de sus facultades fiscalizadoras y sancionadoras en la protección de la vulneración de los derechos de los usuarios de los servicios de salud.

▪          La ciudadanía exige a las clínicas privadas de nuestro país a asumir un mayor compromiso ético y de responsabilidad social empresarial ante la grave crisis sanitaria mundial por COVID-19 que afecta gran parte de la población residente en el territorio nacional, exigencia que defendemos y protegemos.

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