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Aprueban insistencia en dictamen que autoriza comercialización de productos mineros inscritos en el (REINFO)

Lima.- La Comisión de Energía y Minas, que preside el congresista Jorge Flores Ancachi (AP) aprobó insistir en las observaciones del presidente de la República a la Autógrafa de la Ley que modifica el Decreto Legislativo 1107, Decreto Legislativo que establece medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en la minería ilegal; así como del producto minero obtenido en dicha actividad, a fin de autorizar la comercialización de productos mineros a los proveedores que se encuentran inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) u otros registros.

El dictamen de insistencia, señala que todo adquiriente de productos mineros sujetos a control y fiscalización en el marco del presente Decreto Legislativo, cualquiera sea su estado, sin importar que la adquisición se realice en forma temporal o permanente, deberá verificar el origen de los mismos, solicitando los documentos que correspondan, debiendo verificar la autenticidad de los datos consignados en los sistemas de información que correspondan.

Los datos mínimos a verificar serán los RUC, razón social, nombre y apellido, así como documento de identidad, domicilio real del vendedor del mineral, Código Único de Concesión y su vigencia de donde proviene el mineral, Autorización de Explotación y, de ser el caso, el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) o de otros registros similares, en estado vigente.

En su disposición complementaria final, indica que el Poder Ejecutivo, dentro de un plazo no mayor de noventa días calendario, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, adecúa la normativa correspondiente para efectos de su aplicación.

ACUMULACIÓN DE PROYECTO

Por mayoría, se acordó acumular el proyecto de ley 4227/2022-CR, al dictamen recaído en el proyecto de ley 4150/2022-CR, mediante el cual se propone, con texto sustitutorio, la “Ley que suspende la aplicación del artículo 3-A de la Ley 27510, Ley que crea el Fondo de Compensación Social Eléctrica”.

CUARTO INTERMEDIO

Pasaron a cuarto intermedio, para un mejor análisis, los proyectos de ley 1360/2021-CR y 3319/2022-CR, mediante el cual se propone, con texto sustitutorio, la Ley que dispone promover la exploración, explotación, industrialización y comercialización del litio (Li) y sus derivados, y declararlos recursos estratégicos.

VOTACIÓN

El presidente de la Comisión, informó que la próxima semana se debatirá y votará la Opinión Consultiva 01-2022-2023-CEM/CR, respecto de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley 30130, Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la prioritaria ejecución de la Modernización de la Refinería de Talara, para asegurar la preservación de la calidad del aire y la salud pública y adopta medidas para fortalecer el gobierno corporativo de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., solicitado por el Consejo Directivo del Congreso de la República.

INVITADO

Durante la sesión, se presentó el presidente del Directorio de Electro Oriente S.A., Magno García Torres, quien expuso respecto a la situación actual de la obra Línea de Transmisión Pongo de Caynarachi, en Yurimaguas, departamento de Loreto, y del contrato con la empresa Gent Rent.

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