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Aprueban Protocolo relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso

El Pleno del Congreso de la República aprobó, por mayoría (99 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones), la Resolución Legislativa que aprueba el Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930, que fue adoptado el 11 de junio de 2014 en el marco de la 103.° Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), celebrada en Ginebra (Suiza).

El titular de la Comisión de Relaciones Exteriores, Gilmer Trujillo Zegarra (FP), hizo una breve exposición secuencial del denominado protocolo, también llamado Convenio N.° 29, que fuera aprobado en Ginebra el 28 de junio de 1930, y que entró en vigor el 1 de mayo de 1932.

Trujillo Zegarra informó que el proyecto que aprueba el convenio ingresó a la Comisión de Relaciones Exteriores el 9 de mayo de 2018 y se aprobó por unanimidad el 4 de julio de ese mismo año.

El protocolo, indicó Trujillo Zegarra, tiene por objeto exigir a los miembros de la OIT adoptar medidas de prevención y protección, y emprender acciones jurídicas y de reparación para dar cumplimiento a la obligación del convenio de poner fin al trabajo forzoso.

El documento cuenta con un preámbulo y doce artículos. En el preámbulo, la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT reconoce la necesidad de prohibir el trabajo forzoso u obligatorio en todas sus formas.

Asimismo, reconoce que el trabajo en esas condiciones constituye una violación de los derechos humanos, ya que atenta contra la dignidad de millones de mujeres, hombres, niñas y niños; además contribuye a perpetuar la pobreza y es un obstáculo para la consecución del trabajo decente para todos.

El dictamen elaborado por la Comisión de Relaciones Exteriores cuenta con las opiniones técnicas favorables del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Su aprobación, señaló Gilmer Trujillo, no generará gasto alguno al erario nacional, y debe considerarse que el Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso 2013-2017 (aprobado mediante Decreto Supremo N.° 004-2013-TR) cubre las obligaciones que asumiría el Perú en caso se ratifique el protocolo.

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