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Defensoría del pueblo saluda norma que establece medidas a favor de personas con discapacidad

PERU- El Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, saluda la publicación del Decreto Legislativo Nº 1468, que desarrolla medidas a favor de los derechos de las personas con discapacidad en salud, accesibilidad, educación, trabajo, protección social, entre otras, en condiciones de igualdad, asegurando su debida atención en los distintos niveles de gobierno, durante el estado de emergencia sanitaria.

“Este Decreto recoge las recomendaciones formuladas por la Defensoría del Pueblo, a través de los Informes Especiales Nº 004, 005 y 006-2020-DP, publicados recientemente, con el fin de contribuir con propuestas de medidas concretas, en el marco de nuestras funciones como Mecanismo Independiente encargado de promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad”, señaló el Defensor del Pueblo.

Entre las medidas adoptadas destacan el aseguramiento de la continuidad de los servicios de salud, incluyendo la salud mental y la entrega de medicamentos; mecanismos para prevenir el contagio de personas institucionalizadas en Centros de Acogida Residencial, hogares de refugio, establecimientos penitenciarios, entre otros; asegurar un servicio de educación accesible en todas sus etapas y modalidades; accesibilidad en el trabajo remoto o licencia remunerada con cargo a compensación; atención prioritaria de las necesidades básicas de las personas con discapacidad; entre otras.

En el mismo sentido, se han aprobado medidas excepcionales orientadas a visibilizar las necesidades insatisfechas de las personas con discapacidad, las cuales se acentúan durante las épocas de crisis. Una es la creación de redes de apoyo comunitario, lideradas por las municipalidades, que tienen por finalidad brindar la asistencia necesaria para garantizar la autonomía y vida independiente de las personas con discapacidad.

Otra de las medidas permite, excepcionalmente, a las personas con discapacidad o, a la persona que le preste apoyo o cuidado, acreditar la condición de discapacidad a través de una declaración jurada, sujeta a posterior fiscalización por parte de la autoridad competente. Al respecto, la Defensoría del Pueblo había alertado que solo el 10 % de las personas con discapacidad cuenta con un documento que acredite su condición, motivo por el cual esta disposición es muy relevante pues sincera los registros de personas con discapacidad que tiene el Estado, facilitando el acceso a las medidas de apoyo.

En el mismo sentido, las personas que tengan a su cuidado a una persona con discapacidad pueden acreditar su condición, a través de una declaración jurada para poder acceder al trabajo remoto o licencia remunerada con cargo a compensación, esto también sujeto a posterior fiscalización.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo saluda y reconoce las medidas tomadas por el Estado a fin de interoperativizar sus distintas bases de datos para identificar de manera precisa a la población con discapacidad y sus necesidades. Sin embargo, se recomienda tomar en consideración la información que recogen las asociaciones de y para personas con discapacidad distribuidas a lo largo del territorio nacional, las cuales pueden facilitar la toma de decisiones por parte de las autoridades.

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