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Incumplir paridad horizontal regional ocasionará improcedencia de fórmulas de una organización política

El incumplimiento de la paridad horizontal en la inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales (ERM2022) ocasionará la improcedencia de todas las fórmulas presentadas por la organización política, de acuerdo con el reglamento aprobado.

La aplicación de la paridad horizontal es uno de los principales aspectos del Reglamento de inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las Elecciones Regionales 2022, aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en desarrollo de la disposición contenida en el artículo 12 de la Ley N.° 27683, Ley de Elecciones Regionales.

Ello significa que del total de circunscripciones donde las organizaciones políticas presenten fórmulas de gobernador y vicegobernador, la mitad debe estar encabezada por una mujer y la otra mitad por un hombre.

El documento precisa que si aritméticamente resulta imposible aplicar la paridad horizontal, debido a que el partido político presenta candidaturas en un número impar de circunscripciones regionales, se deberá presentar fórmulas encabezadas por mujeres y por hombres en cantidades tales que se diferencien por una circunscripción.

En tanto, la lista de candidatos a consejeros regionales debe estar integrada por el 50 % de hombres y 50 % de mujeres, ubicados intercaladamente: una mujer, un hombre o un hombre, una mujer (paridad vertical). 

Asimismo, la nómina  debe estar integrada por no menos del 20% de ciudadanos mayores de 18 años y menores de 29 años (cuota joven) y no menos del 15 % de representantes de las comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios para aquellas provincias en que existan (cuota nativa).

El reglamento establece, además, que las solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos de autoridades regionales se tramitarán hasta el 14 de junio de 2022 ante el Jurado Electoral Especial (JEE) ubicado en la capital del departamento.

En el caso de fórmulas y listas de candidatos de autoridades regionales del departamento de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao, se hará lo propio ante el JEE instalado en la circunscripción de la sede del gobierno regional respectivo.

La solicitud de inscripción se presenta obligatoriamente de manera no presencial generando el expediente electrónico a través de la Mesa de Partes del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes (SIJE). La opción para registrar la solicitud 

estará habilitada hasta las 23:59 horas de la referida fecha límite.

Dicho reglamento, aprobado por Resolución N.° 0942-2021-JNE, también contiene formatos como la Declaración jurada de consentimiento de participación en las elecciones regionales y de la veracidad del contenido del formato único de declaración jurada de hoja de vida; Declaración de no tener deuda de reparación civil; y Declaración de conciencia.

Asimismo, incorpora un formato para elaborar el resumen de plan de gobierno, que tiene como propósito brindar a las organizaciones políticas las pautas y lineamientos necesarios a fin de formular dicho plan y una propuesta de estructura mínima para su desarrollo.

De esa manera, podrá ofrecerse a la ciudadanía la versión resumida o síntesis del Plan de Gobierno de las organizaciones políticas, como información indispensable para un voto responsable, así como para el seguimiento y evaluación del desempeño de la autoridad electa.

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