Actualidad

Octógonos en la publicidad de productos procesados son parte de ley de alimentación saludable

PERU.- El Ministerio de Salud ha tomado conocimiento por los medios de comunicación, que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del INDECOPI ha emitido la Resolución N° 0072-2020/CEB-INDECOPI donde declara como barreras burocráticas ilegales varias disposiciones reglamentarias referidas a la publicidad de los octógonos. Al respecto el MINSA informa lo siguiente:

  1. La Ley de Alimentación Saludable dispone que, en la publicidad del producto, de los alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans y alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas, se debe consignar en forma clara, legible, destacada y comprensible, las advertencias publicitarias.
  2. En tal sentido, el Poder Ejecutivo, optó por la advertencia publicitaria de tipo octogonal en la cara frontal de la etiqueta de los productos de alimentos procesados, estableciendo el formato, ubicación, tamaño y forma de consignarlas en los medios de comunicación de tipo impreso, internet, radiales y audiovisuales.
  3. Por tales motivos, una vez que sea notificada con la referida resolución, la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud interpondrá un recurso impugnatorio de apelación ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del INDECOPI contra la resolución que afecta la legalidad de las disposiciones en materia de publicidad de los octógonos.
  4. El MINSA se ratifica en la defensa del derecho a la salud y a la información de la población para brindar información simple y de fácil comprensión sobre el contenido de nutrientes críticos como contenido de azúcar, grasa saturada, grasas trans o sodio en los productos procesados.
Wordpress Social Share Plugin powered by Ultimatelysocial
YouTube
YouTube
Instagram