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ONPE ejecutará proceso de elección de representantes de facultades de Derecho ante el JNE

Lima.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales –ONPE será la encargada de organizar y ejecutar el proceso de elección de los representantes de las facultades de Derecho de las universidades públicas y privadas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de acuerdo con el dictamen aprobado, por unanimidad (17 votos), en la Comisión de Constitución y Reglamento.

La titular del grupo de trabajo, Patricia Juárez Gallegos (FP), señaló que se propone que se establezca un mecanismo de elección institucionalizado desde las propuestas de los decanos y exdecanos, así como los plazos de los procesos de convocatoria y realización del acto eleccionario.

Luego del análisis de las propuestas legislativas y de las opiniones recibidas por expertos en la materia, Juárez Gallegos indicó que el texto sustitutorio que recae en los Proyectos de Ley nros. 1591/2021 y 1741/2021, modifica el artículo 4 de la Ley 26304, para establecer reglas de transparencia e imparcialidad en la elección de los miembros del JNE a cargo de las universidades públicas y privadas.

Se especifica, en dicha propuesta que será precisamente la ONPE la encargada de organizar y ejecutar la elección del miembro del pleno del JNE que corresponde a los decanos de las facultades de Derecho de las universidades públicas y privadas de acuerdo con una serie de reglas.

Así, en el inciso c) de dicho artículo se establece que la “votación es secreta” y para “ser elegido titular se debe obtener una votación favorable de la mayoría absoluta de los decanos asistentes”.

Mientras que en el inciso siguiente se define que de “no lograrse esa mayoría, el miembro titular es elegido en segunda vuelta por mayoría simple entre los tres candidatos que hayan obtenido la primera, segunda y tercera mayor votación en la primera vuelta, quienes son nombrados suplentes de acuerdo con el número de votos obtenidos”.

De acuerdo con la única Disposición Complementaria Final, la ONPE, dentro de los 30 días siguientes a la vigencia de la presente ley, emitirá las disposiciones necesarias para su implementación.

Y en la Disposición Complementaria Transitoria dentro de los 45 días siguientes a la entrada en vigor de la presente ley, la ONPE deberá convocar al proceso de elección del representante titular y de los suplentes de las universidades privadas ante el Pleno del JNE.

INHIBICIÓN

En otro momento, la comisión aprobó por unanimidad (14 votos) el dictamen de inhibición del Proyecto de Ley 836/2021-MP, Ley que habilita el régimen de suplencia para resolver los casos de procedimientos administrativos disciplinarios que resuelve la Junta de Fiscales Supremos con la finalidad de evitar la impunidad, “por no tener competencia en la materia de la proposición”.

CONTROL CONSTITUCIONAL

Seguidamente, se aprobó por unanimidad y por mayoría la constitucionalidad de algunos decretos de urgencia emitidos por el Poder Ejecutivo y la inconstitucionalidad de otros.

De esta manera, la comisión concluyó que los DU 2043/2019, 147/2020, 6/2021 y 112021 son constitucionales, no obstante, se recomienda al Poder Ejecutivo poner mayor diligencia en cumplir con rendir cuentas al Congreso en el plazo debido.

En cuanto a los DU 100/2020 y 014/2021 se concluye que sí cumplieron con las normas constitucionales y reglamentarias; sin embargo, en lo que se refiere a los DU 05/2021 y 022/2021 se concluye que no cumplieron con dichas normas.

ACCESO A INTERNET

La Comisión de Constitución y Reglamento recibió al congresista Alejandro Soto Reyes (APP), quien sustentó el Proyecto de Ley 881/2021, Ley de reforma constitucional que reconoce el derecho al acceso a Internet como derecho fundamental.

Además, el parlamentario Luis Kamiche Morante (PD) sustentó el Proyecto de Ley 1397/2021, Ley de reforma constitucional que reconoce el acceso a Internet como derecho fundamental y garantiza la infraestructura y arquitectura digital para su ejercicio pleno.

Finalmente, la parlamentaria Betssy Chávez Chino (PD) sustentó el Proyecto de Ley 1197/2021, Ley de reforma constitucional del artículo 2, que incorpora el acceso a Internet como derecho fundamental y promueve el acceso universal.

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