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Poder Judicial fundamenta ante el Congreso iniciativas Legislativas para descongestionar penales por pandemia

Lima.- El juez supremo César San Martín sustentó, en sesión virtual extraordinaria de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, dos proyectos de Ley que coadyuvarán al descongestionamiento en los establecimientos penitenciarios del país ante la presencia de la pandemia COVID-19.

Los proyectos, que contemplan la remisión condicional de la pena y la revisión de la prisión preventiva, son de carácter excepcional y temporal, por nueve meses, sostuvo San Martín, quien participó de la sesión en representación del presidente del Poder Judicial, José Luis Lecaros.

En la sesión virtual estuvo también como invitado el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Castañeda, quien, igualmente, presentó una  iniciativa legislativa para el deshacinamiento de los penales, que incluye, además, a los adolescentes infractores que sufren privación de su libertad.

San Martín, quien preside la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, admitió que si bien existe alguna semejanza entre los proyectos presentados al Congreso por ambos poderes del Estado, la del Poder Judicial beneficiaría a un mayor número de internos.

“A partir de la experiencia judicial, y tomando en cuenta la estadística oficial del Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) al 2019, los beneficiarios de la reforma legal propuesta alcanzaría hasta 13%”, señaló.

El juez supremo recordó que en la actualidad la tasa de hacinamiento en los penales de todo el país alcanza el 238 %, pues existen más de 97 mil internos y que la capacidad de albergue es de 40 mil plazas.

CINCO LINEAMIENTOS

Ante la amenaza social por el COVID-19 y la obligación a los Estados para adoptar medidas urgentes en relación con los internos, San Martín explicó que las iniciativas legislativas presentadas por el Poder Judicial trazan cinco lineamientos comunes.

La primera opción es por la amenaza de la pandemia, en tanto el segundo punto está relacionado a los tipos delictivos graves y a la presencia de supuestos vinculados al COVID-19, mientras el tercero a un listado de delitos excluidos, según el estándar punitivo, que pueden ser remitidos de pena.

Explicó que el primer punto, por su claridad y objetivad, puede tomarse una decisión sin audiencia, a diferencia de los puntos dos y tres donde debe convocarse a un proceso, que sería virtual

En relación al cuarto y quinto lineamiento, dijo que estos dos puntos específican la necesidad que intervengan órganos externos para su eficaz ejecución.

El cuarto punto está referido a las reglas técnicas que debe emitir el Ministerio de Salud a un previo control del excarcelado para evitar contagios, en tanto que el último punto contempla la elaboración de protocolos de actuación, los cuales estarán a cargo de los órganos de gobierno.

Las propuestas legislativas incluye también la emisión de resoluciones colectivas, que incluye el compromiso de jueces para que revisen sus expedientes.

DISMINUCIÓN DE LA PRISIÓN PREVENTIVA

En el caso de la prisión preventiva, San Martín señaló que el proyecto de Ley propone disminuir a la mitad respecto a casos de procesos primarios y las dos terceras partes para reos con antecedentes.

El magistrado explicó que en ese caso, debe asumirse que el preso con plazo prolongado ya está en condiciones de ser excarcelados.

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