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Rechazamos “Ley del gatillo fácil” que pone en riesgo a los ciudadanos y los derechos humanos

Lima.- Hoy se publicó la ley N° 31012 sobre protección policial que atenta contra la independencia judicial y elimina la proporcionalidad del uso de la fuerza. Dicha norma, también conocida como la “ley del gatillo fácil”, fue aprobada en agosto del año pasado de forma controversial por la presión del aprofujimorismo en la Comisión Permanente, y hoy es promulgada por el presidente del Congreso, debido a que el Ejecutivo no la observó ni la publicó en los 15 días establecidos por la Constitución.

Esta ley tiene por objeto otorgar protección legal a integrantes de la Policía Nacional del Perú (PNP), que, haciendo uso de sus armas, causen lesiones o la muerte. Sin embargo, en su momento, el Ministerio de Justicia, el Ministerio Público, el Poder Judicial y la Defensoría, habían presentado opiniones negativas al respecto. Si bien, muchos integrantes de la PNP en su loable enfrentamiento con la delincuencia, tienen que hacer uso de su arma de fuego, la protección está prevista desde hace casi 30 años en el Código Penal y resulta reiterativo disponer una medida que incorpora normas adicionales que denunciamos en este contexto de estado de emergencia.

Sobre ello, el artículo 4 de esta ley, indica que, en caso un miembro de la PNP use sus armas de forma reglamentaria y cause lesión o muerte, está prohibido ordenar detención preliminar o prisión preventiva. En su lugar, se dictarían otras medidas como impedimento de salida del país, vigilancia electrónica, u otras, violentando el derecho a la igualdad ante la ley y vulnerando gravemente las atribuciones constitucionales del Poder Judicial y el Ministerio Público.

Asimismo, elimina el principio de proporcionalidad consagrado en el Decreto Legislativo N° 1186 que regula el uso de la fuerza por parte de la PNP, desapareciendo un requisito indispensable para garantizar que no actúen de forma arbitraria ni abusiva en el ejercicio de sus funciones. Un principio urgente y necesario en nuestro país debido al alto nivel de conflictividad social y la criminalización de la protesta.

Al respecto, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha mostrado su preocupación por el número de personas muertas y heridas como consecuencia de la acción de las fuerzas de seguridad en respuesta a las acciones de protesta en el Perú (CAT/C/PER/CO/7, 18/12/2018). Por ello, la eliminación del principio de proporcionalidad, en su momento fue objeto de un llamado de atención y pedido de no promulgación desde la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT).

En consecuencia, denunciamos la inacción del Ejecutivo y la responsabilidad del presidente del Congreso al publicar una norma que contraviene los estándares constitucionales y que pone en peligro a los agentes de la Policía, al eliminar herramientas de proporcionalidad necesarias para realizar su trabajo de forma adecuada, más aún en pleno estado de emergencia donde se han manifestado excesos de la autoridad policial y las Fuerzas Armadas contra la población.

Finalmente, anunciamos que desde nuestro despacho parlamentario promoveremos una acción de inconstitucionalidad contra esta ley y propondremos un proyecto para derogar los artículos inconstitucionales de la misma. Hacemos un llamado a los integrantes del Ministerio Público y del Poder Judicial a que realicen el necesario control de constitucionalidad de la norma para que sus facultades no sean recortadas.

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