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Se aprobó dictamen para viabilizar el cumplimiento de la declaración jurada de los candidatos

Lima.- Con 8 votos a favor y 2 en contra, la Comisión de Constitución y Reglamento aprobó el dictamen que propone la Ley que modifica el artículo 13 de la Ley 31227 para viabilizar el oportuno cumplimiento de la obligación de la presentación de la declaración jurada de intereses de carácter preventivo por parte de los candidatos a cargos de elección popular.


A ese ese acuerdo se llegó este viernes 27 en la sesión extraordinaria que realizó dicho grupo de trabajo, conducida por su presidenta, la congresista Patricia Juárez Gallegos (FP).


Juárez dijo que se trata de una propuesta presentada por la Contraloría General de la República al advertir que el plazo establecido en la legislación vigente no permitiría que en la realidad sea posible ser cumplida.


La institución observa que al fijarse como fecha máxima para su presentación la misma fecha de vencimiento de plazo para la presentación de la solicitud de inscripción de la candidatura, no se genera un lapso prudencial para que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ni la Contraloría puedan procesar la información necesaria para habilitar al candidato en el Sistema de Declaraciones Juradas y este pueda finalmente presentar su declaración jurada.


En cuanto al procedimiento de presentación de declaraciones juradas de intereses de carácter preventivo por parte de los candidatos a elección popular en las próximas Elecciones Regionales y Municipales del año 2022, se contempla lo siguiente:


“Habilitados en el sistema, los candidatos admitidos al proceso electoral deben presentar su Declaración Jurada de Intereses de carácter preventivo en un plazo de máximo de 15 días hábiles contados de recibido el correo electrónico que contenga los accesos al Sistema de Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflictos de Intereses; el mismo que es remitido por la Contraloría General de la República”, entre otras precisiones contempladas en las modificaciones.


REFORMA POLÍTICA
Así también la Comisión continuó con el debate del paquete de proyectos de ley que forman parte de la reforma política.
La congresista Adriana Tudela (Avanza País) sustentó el PL 1655/2021-CR, Ley de reforma constitucional que modifica el periodo parlamentario y reestablece la reelección. Para ello, se plantea modificar los artículos 90 y 90 A de la Carta Magna.


La parlamentaria dijo que la propuesta no vulnera los principios fundamentales garantizados en la Constitución, en tanto, promueve la gobernabilidad democrática, al fortalecer el rol del ciudadano en la elección de sus representantes al Congreso de la República y promueve mayor transparencia, publicidad y calidad en la representación nacional.


Subrayó que se propone que el ciudadano evalúe el desempeño del representante congresal, cada dos años y medio, tomando la decisión de mantenerlo en el cargo, a través de su voto, al observar que ha cumplido con sus funciones constitucionales.


“Con la finalidad de fortalecer la gobernabilidad democrática, resulta importante devolverle al ciudadano el control y vinculación con sus representantes, para garantizar que el Congreso de la República sea una institución sólida en nuestro Estado Constitucional”, añadió Tudela.


El congresista Alejandro Muñante (RP) planteó que se podría considerar al accesitario que hizo campaña electoral -pero que no alcanzo una curul- para evitar campañas políticas cada dos años y medio.


“La propuesta al cumplir los dos años y medio sería que cada poblador pueda tener la opción de marcar si desea la continuación de su congresista o decide que no, es decir, un sí o un no al costado de su foto y si la respuesta es no, se consideraría al accesitario”, propuso el legislador.


Por su parte, José Luis Elías Avalos (NoA) opinó que “no me parece que debamos medir la voluntad a mitad de los cinco años. Terminemos los cinco años y que no haya reelección”, planteó al tiempo de advertir que una consulta a mitad del periodo “costaría una millonada”.


RETORNO A LA BICAMERALIDAD
En la sesión participaron los especialistas en derecho constitucional Natale Amprimo Plá y Ernesto Blume Fortini, quienes expusieron sobre la viabilidad y pertinencia de los proyectos de ley 660, 724, 1959, 1708, 2004 y 2025/2021-CR, que proponen el retorno a la bicameralidad.


Amprimo Plá fijo su posición en desacuerdo con las opiniones que se consideran que un Congreso bicameral es menos fuerte que el unicameral. “La bicameralidad fortalece al Ejecutivo”, observó.


Por el contrario, para Blume Fortini dijo que es un imperativo ineludible ir hacia un bicameralismo en el Parlamento, ya que es un sistema que permitió que las leyes hayan sido más estudiadas y más duraderas. También opinó que debe haber reelección indefinida, es decir, que se permita a los parlamentarios hacer carrera.

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