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Requisitos para aplicar al programa Reactiva Perú

El Programa Reactiva Perú, es una medida de política pública diseñada desde una perspectiva macroeconómica, con el objetivo de brindar liquidez a las empresas de todos los tamaños, sectores y regiones del país, a través del otorgamiento de garantías del Gobierno Nacional a créditos otorgados por Empresas del Sistema Financiero (ESF), los cuales son financiados
exclusivamente con fondos subastados por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). Hasta el 29 de mayo de 2020 accedieron 71,553 empresas a nivel nacional.

Cabe destacar que el objetivo del Programa Reactiva Perú es proporcionar a las ESF recursos para financiar la falta de liquidez, originada por la suspensión de actividades económicas forzada por la pandemia del COVID-19, reponiendo el capital de trabajo que las empresas requieren para operar, de tal forma que les permitan afrontar sus obligaciones de corto plazo.

Por tanto, las garantías del Programa solo cubren los fondos proporcionados por el BCRP a las ESF para financiar los nuevos créditos que estas otorguen a las empresas que requieran financiar la reposición de su capital de trabajo. El cumplimiento de esta condición es responsabilidad de las ESF y, a su vez, COFIDE verifica que se cumplan los requisitos y condiciones que establece la normativa del Programa. Es así que el certificado de garantía se otorga siempre y cuando los créditos canalizados por las ESF cumplan todas las exigencias del Programa.

En esa misma orientación, debido a la urgencia y magnitud de las necesidades del mercado, con la finalidad de agilizar el proceso de otorgamiento de créditos a las empresas, Reactiva Perú cuenta con un mecanismo de control posterior que garantiza la transparencia del Programa. En efecto, en aquellos casos en que las declaraciones o documentos que originaron el otorgamiento de las garantías resulten falsos o inexactos, estas garantías se extinguen automáticamente, control que realiza COFIDE en su condición de administrador y supervisor del Programa.

Siendo así, no pueden acceder a Reactiva Perú empresas que:

  • Tengan deudas tributarias administradas por la SUNAT, por períodos anteriores al año 2020, exigibles en cobranza coactiva que totalicen un importe mayor a 1 UIT al momento de solicitar el crédito a la ESF.
  • No se encuentren clasificadas en la Central de Riesgos de la SBS a febrero de 2020, en la categoría “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP).
  • Tengan vinculación con la ESF que le otorga el crédito. Estén comprendidas en el ámbito de la Ley N° 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos.
  • Asimismo, a partir del 12 de mayo de 2020, tampoco podrá acceder cualquier persona o ente jurídico sometido a procesos por delitos de corrupción y conexos, o cuyos representantes estén siendo investigados por dichos delitos

Reactiva Perú promueve la transparencia de la información y cuenta con adecuados mecanismos de control para el cumplimiento de sus objetivos, constituyéndose en el programa de garantías de mayor trascendencia y alcance que se haya implementado en el país, con la finalidad de asegurar la continuidad de la cadena de pago de nuestra economía.

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