La evolución de la normativa peruana sobre la utilización de firmas electrónicas ha sido un hito fundamental en la digitalización de procesos legales y administrativos brindando grandes beneficios para los ciudadanos. Desde la modificación del Código Civil Peruano en el año 2000, las personas naturales y jurídicas pueden utilizar medios electrónicos para expresar su voluntad en la celebración de actos jurídicos, incluyendo todo tipo de contratos.
Decreto Supremo N° 029-2021-PCM:
Con la emisión del Decreto Supremo N° 029-2021-PCM publicado en septiembre de 2020, el cual tiene como objetivo promover el uso de tecnologías digitales en los servicios que brindan las entidades públicas. Al integrar estas tecnologías, se busca mejorar la eficiencia y calidad de los servicios públicos, lo que a su vez puede contribuir a la reactivación económica del país.
La legislación peruana reconoce tres modalidades de firma electrónica: simple, avanzada y cualificada (también conocida como firma digital).
- Firma Simple: un formato electrónico asociado a otros datos electrónicos que utiliza un firmante.
- Firma Electrónica Avanzada: una rúbrica simple que está vinculada de manera única al firmante, permite su identificación y cualquier modificación posterior de los datos firmados es detectable.
- Firma Cualificada o Firma Digital: una firma electrónica avanzada que utiliza criptografía asimétrica para identificar al signatario, creada por medios que garantizan un elevado grado de confianza, controlada únicamente por el signatario y los datos firmados, asegurando no repudio e integridad del contenido.
La firma digital remota, se ha consolidado como una herramienta clave en la transformación digital de procesos administrativos en Perú. Reconocido por el Decreto Supremo como Prestador de Servicios de Valor Añadido por en la modalidad de creación de firma remota, ecert garantiza que cada firma digital mantenga las mismas características técnicas de confianza, no repudio, integridad y seguridad que una firma cualificada, con presunciones legales y valor probatorio equivalentes.
Esta tecnología no solo facilita las transacciones electrónicas, sino que también fortalece la confianza en el uso de herramientas digitales en el ámbito legal, asegurando que las firmas digitales tengan la misma validez y eficacia jurídica que las firmas manuscritas.
Con ecert, la firma digital remota no es solo una evolución normativa, sino una solución que empodera a empresas y ciudadanos a operar con mayor seguridad y eficiencia en un entorno digital.
Ventajas clave de implementar la firma digital remota
Entre los principales beneficios de la firma digital remota para el ciudadano se encuentran:
- Conveniencia y Accesibilidad: la firma digital remota permite a los ciudadanos firmar documentos importantes desde cualquier lugar, sin necesidad de desplazarse a una oficina o sucursal.
- Rapidez en los procesos: con la firma digital remota, los procesos legales y administrativos se vuelven mucho más ágiles. Los ciudadanos pueden completar y firmar documentos de manera instantánea, acelerando la finalización de contratos y otros trámites.
- Seguridad y Confianza: la firma digital remota, al estar respaldada por tecnologías avanzadas de criptografía y por la normativa vigente, ofrece un alto nivel de seguridad. Los ciudadanos pueden estar seguros de que su identidad y la integridad de los documentos están protegidos, evitando fraudes y garantizando que los documentos firmados no puedan ser alterados.
- Reducción de Costos: al eliminar la necesidad de documentos físicos y desplazamientos, la firma digital remota también contribuye a reducir costos tanto para los ciudadanos como para las empresas y entidades públicas.
«Con la firma 100% remota, los ciudadanos ganan tiempo, seguridad y comodidad. Pueden firmar documentos desde donde se esté, con total confianza y sin complicaciones, simplificando los trámites y ofreciendo una experiencia rápida, segura y accesible», afirma Hugo Espinoza, líder de Sales & Marketing en ecert.
Esta facilidad y seguridad están respaldadas por la Ley Nº 27269 – Ley de Firmas y Certificados Digitales, que establece la base legal para el uso de firmas digitales en Perú. Según esta ley, una firma digital se define como una firma electrónica que emplea criptografía asimétrica, con un par de claves únicas, privada y pública, que aseguran la autenticidad de la firma. Además, cada firma digital está respaldada por un certificado emitido por una entidad de certificación, lo que garantiza que la identidad del firmante sea verificada y legítima.
Desde el punto de vista legal, la firma digital posee la misma validez, seguridad, confianza y eficacia jurídica que una firma manuscrita y cuenta con pleno valor probatorio en procedimientos administrativos y judiciales, lo cual no sucede con las firmas electrónicas simples o avanzadas.