El Poder Ejecutivo publicó hoy un decreto legislativo en el que se establecen medidas para garantizar la continuidad del servicio de transporte público que brindan los corredores complementarios del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, así como la sostenibilidad económica y financiera de los contratos de concesión de este sistema de transporte.
Según el Decreto Legislativo N.° 1678, publicado en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), podrá negociar y acordar modificaciones a los contratos de concesión de los corredores complementarios, a fin de incorporar soluciones integrales a la problemática existente que garanticen la continuidad del servicio, así como la sostenibilidad económica y financiera de dichos contratos.
En ese sentido, la ATU, dentro de sus funciones de supervisor y fiscalizador del Contrato de Concesión, podrá además incidir en la regulación de las tarifas en los Corredores Complementarios a través de una contabilidad regulatoria, lo cual permitirá maximar sus costos operativos en beneficio de usuarios del transporte.
Además, podrá evaluar, determinar, suscribir y ejecutar acuerdos de pago de obligaciones, incluso de indemnizaciones, derivadas de acuerdos de trato directo conforme a lo establecido en los respectivos contratos y el marco legal vigente.
Esta norma no solo sienta las bases para ofrecer a limeños y chalacos un sistema de transporte más moderno a través de estos corredores exclusivos, que podrán integrarse con otros sistemas de transporte como las líneas de tren, el Metropolitano y el transporte convencional, sino que también permitirá que la ciudadanía cuente con un servicio más rápido y sostenible, con modernos vehículos y amigables con el medio ambiente.
Asimismo, dicho decreto legislativo señala que con el propósito de garantizar la sostenibilidad de los servicios de transporte terrestre de personas que se orienten hacia la movilidad dentro de un Sistema Integrado de Transporte Urbano de Lima y Callao, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobarán, en el plazo de 90 días calendario desde la entrada en vigencia de la presente ley, las políticas y planes de subsidio a favor de estos servicios, privilegiando a los sectores más vulnerables de la colectividad.
En el decreto legislativo también se menciona la profesionalización de nuevos conductores y el refuerzo de la lucha contra el transporte informal.
Para dicho fin, la ATU, en concordancia con los lineamientos de política que apruebe el MTC, impulsará planes y programas para la reducción de la competencia desleal en el servicio de transporte público.
Finalmente, la norma establece la promoción de la electromovilidad en los corredores complementarios. Al respecto, en un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Legislativo, la ATU aprobará el inicio de las acciones necesarias para el desarrollo de corredores complementarios con flota eléctrica, conforme a las necesidades de su Plan Regulador de Rutas.