Aprueban aumentar a nueve los integrantes del Tribunal Constitucional

Con 20 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones, la Comisión de Constitución y Reglamento, que preside el legislador Fernando Rospigliosi (FP), aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 9350/2024-CR, Ley de Reforma Constitucional del artículo 2021, a fin de fortalecer la jurisdicción constitucional mediante el incremento del número de magistrados del Tribunal Constitucional (TC).

¿DE QUÉ TRATA?

La propuesta plantea que sean 9 los miembros del Tribunal Constitucional por un periodo de cinco años. Asimismo, en las disposiciones complementarias se indica que el procedimiento para la selección de magistrados se realizará conforme a lo dispuesto por el artículo 8 de su Ley Orgánica.

Durante el debate, el congresista Alejandro Muñante (RP) dijo que el TC atiende cada año solo el 30 % de su carga procesal, donde existen un promedio de seis mil expedientes sin resolver, por lo que el aumento de magistrados mejorará la optimización de esa entidad.

Por su parte, la legisladora Patricia Juárez (FP) señaló que las cortes constitucionales en otros países cuentan con mayor número de integrantes. En España son 15, en Italia son 15 y 13 en Portugal. “Siete magistrados es poquísimo, creo que esta propuesta va a corregir las deficiencias de las cargas procesales”, acotó.

ELECCIONES MUNICIPALES

En la Comisión de Constitución y Reglamento, por mayoría, también se aprobó el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 8855/2024-DP, que busca modificar el artículo 36 de la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales para garantizar la renovación democrática de autoridades en los gobiernos municipales.

La propuesta modifica el artículo 36 de la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales, donde se indica que se puede declarar la nulidad de las elecciones realizadas en uno o más distritos electorales cuando se comprueben graves irregularidades, por infracción de la ley, que hubiesen modificado los resultados de la votación o ante la inasistencia de votantes al acto electoral supere el 50%.

“Los votos nulos o en blanco, sumados o separadamente, superen los dos tercios del número de votos emitidos”, se indica entre otro de los motivos.

La iniciativa detalla que, en caso de declararse nula la elección municipal por no superar el 50 % de asistentes en los comicios, se debe proceder a una única elección complementaria, proclamándose los resultados de dicha elección de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23, indistintamente al porcentaje de asistencia de votantes que concurran al acto electoral.

OTROS

En otro momento, por unanimidad (25 votos a favor) se aprobó los dictámenes de control de diversos decretos legislativos y tratados internacionales ejecutivos. Uno de ellos es el Decreto Legislativo 1405, que establece regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar.

Luego, el congresista Alex Paredes Gonzales (BMCN) expuso el Proyecto de Ley 08450/2023-CR, que dispone la pre-publicación de proyectos normativos de carácter general antes de ser publicado en el diario oficial u otro medio de comunicación legal e institucional para lograr la participación democrática ciudadana.

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