El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) ejecutó 1181 actividades de supervisión al primer semestre del año, lo que representa el 43,5 % de su Plan Anual de Supervisión, que incluye 2713 acciones de verificación del cumplimiento de los contratos de concesión en beneficio de los usuarios.
Es así como de manera continua y permanente, el Regulador supervisa la operatividad de las infraestructuras de Transporte de Uso Público y que los servicios ofrecidos por las entidades prestadoras a los usuarios cumplan con los estándares establecidos en los contratos de concesión, a través acciones de inspección, supervisión in situ, en materias de inversiones, aspectos operativos, económicos y comerciales, administrativos y financieros, y aspectos medioambientales.
El Plan Anual de Supervisión del Ositrán es un documento de gestión que tiene como objetivo ser un instrumento para la previsión, ejecución y control de las actividades a ser realizadas por el organismo durante el año; puede ser ajustado en el transcurso del año debido a externalidades como conflictos sociales, eventos climatológicos, entre otros ajenos a la entidad. Este año se pasó de 2724 actividades a 2713.
Actividades de supervisión
Entre enero y junio de este año el Ositrán realizó 579 actividades de supervisión en las 16 carreteras concesionadas bajo su competencia, lo que significó un avance del 46,2 %, de lo programado.
En las infraestructuras portuarias concesionadas, se alcanzó el 28,2 %, pues al sexto mes del año se ejecutaron 140 actividades de supervisión de las 497 programadas.
Para los aeropuertos (3 contratos de concesión es más los administrados por la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial-CORPAC) se proyectó 513 actividades ejecutándose el 48,1 %, equivalente a 247 actividades.
En tanto, en ferrovías y metros se ejecutó el 47,4 % de las 426 actividades de supervisión programadas, lo que significó 202 acciones.
El dato
En caso se determine la existencia de un incumplimiento contractual por parte de las empresas prestadoras, el Ositrán se encuentra facultado para aplicar la correspondiente penalidad, sanción o requerir el cumplimiento efectivo de la obligación.