Inacal aprueba nueva norma técnica peruana para la calidad de la espinaca

Con el objetivo de fortalecer la calidad e inocuidad de los productos agrícolas del país, el Instituto Nacional de Calidad (Inacal), organismo adscrito al Ministerio de la Producción, aprobó la Norma Técnica Peruana NTP 011.710:2025 “Hortalizas. Espinaca”, que establece los requisitos que debe cumplir la espinaca fresca destinada al consumo humano directo.

Esta norma busca garantizar que la espinaca llegue al consumidor final en condiciones óptimas: saludable, fresca, limpia y libre de deterioro. Además, facilitará su comercialización tanto a nivel nacional como internacional, impulsando estándares desde el campo hasta la mesa.

La espinaca (Spinacia oleracea L.) es una de las hortalizas más valoradas por su alto contenido de hierro, vitaminas A, C, K, ácido fólico, flavonoides y carotenoides. Según National Geographic, es especialmente beneficiosa para personas con deficiencia de hierro, mujeres embarazadas y quienes siguen dietas vegetarianas, por su aporte esencial en micronutrientes.

Requisitos de calidad

La NTP establece que la espinaca debe ser:

Sana, entera, bien desarrollada y de aspecto fresco.

Limpia, libre de tierra, residuos visibles y plaguicidas.

Con forma, olor, color y sabor característicos de la variedad.

Libre de podredumbre, daños o deterioro.

Capaz de resistir el transporte y la manipulación hasta el punto de venta.

Clasificación y tolerancias

La norma clasifica la espinaca en dos categorías de calidad y fija un límite claro de tolerancia para cada una, con el fin de asegurar su calidad y evitar que los productos defectuosos superen un margen razonable:

Categoría I (alta calidad): se permite hasta un 10 % del peso total del lote con defectos leves. De ese 10 %, solo un 1 % podrá estar constituido por espinacas que no satisfagan los requisitos mínimos de calidad o presenten daños. También se acepta hasta un 10 % de hojas sueltas si la espinaca se presenta en forma de roseta.

Categoría II (calidad aceptable): se permite igualmente hasta un 10 % del lote que no cumpla con los requisitos de la categoría ni las especificaciones mínimas. Dentro de este margen, hasta un 2 % puede presentar daños. En este caso, se acepta hasta un 20 % de hojas sueltas si la espinaca se presenta en forma de roseta.

En resumen, la norma permite una tolerancia general del 10 % por lote, pero de este total solo se aceptará un porcentaje reducido de espinacas dañadas, según la categoría. Esta medida protege la salud del consumidor y eleva la calidad del producto en el mercado.

Etiquetado y envasado

Para facilitar su trazabilidad y comercio, los envases deben incluir: nombre del producto, país de origen, distrito o región de origen, variedad, tipo comercial y tamaño (por longitud de hoja o peso). En caso de mezclas, debe indicarse claramente el origen de cada variedad.

Los productos no destinados a la venta minorista deben cumplir con la norma CXS 346-2021. Además, el envase debe proteger adecuadamente la espinaca, ser limpio, apto para alimentos y resistente al transporte.

Higiene y manipulación

Se recomienda que el producto se procese y manipule según las buenas prácticas de higiene alimentaria del Codex Alimentarius (CXC 1-1969) y conforme a las disposiciones de la autoridad sanitaria competente.

Esta norma técnica no solo fortalece la calidad del producto, sino que protege al consumidor, respalda a productores, agricultores, empresas y exportadores, y mejora la competitividad del sector agrícola peruano frente a los estándares exigidos por los mercados internacionales.

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