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Aprueban bonificación adicional para el magisterio peruano

El Pleno del Congreso aprobó una iniciativa de ley que reconoce el pago de una bonificación especial por la elaboración de documentos de gestión para el magisterio peruano, que por muchos años se pidió.

Durante la sesión plenaria, luego de agotar un cuarto intermedio, el titular de la Comisión de Educación, el congresista Luis Dioses Guzmán (SP), dio a conocer los alcances del texto sustitutorio de la Ley que dispone el pago de bonificación adicional por desempeño del cargo y por preparación de documentos de gestión, sin la exigencia de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgada.

Se dio a conocer con relación a los pagos de bonificación que los docentes, activos o cesantes beneficiarios de las bonificaciones dispuestas en el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificada por la Ley 25212 (que prorroga dicha norma) que reciben el pago de dicho beneficio sobre la base de la remuneración total, no requiriéndose de sentencia judicial y menos en calidad de cosa juzgada para hacerse efectivo de dicho derecho.

La norma también precisa que los procesos en curso iniciados por los beneficiarios para el pago de esta bonificación no serían impedimentos con lo dispuesto. Para tal efecto, la administración debe desistirse de los recursos impugnatorios que tuviese planteados contra resoluciones a favor de los docentes y abstenerse de presentar en el futuro, recursos impugnatorios para este caso.

En las disposiciones complementarias finales, elaboradas para este tema, señala que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y de acuerdo con sus competencias, creará una Comisión especial encargada de evaluar, cuantificar y proponer recomendaciones para el pago efectivo de la deuda social magisterial.

“La Comisión especial se instalará en un plazo de cinco (05) días hábiles. De igual forma, al culminar sus funciones la Comisión especial presentará un informe final ante la Comisión de Educación, con los trabajos y resultados obtenidos para este caso en un plazo que no exceda los 60 días hábiles. Así, el Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley, desde su vigencia”, concluyó el presidente de la Comisión de Educación, Dioses Guzmán.

Al término de su exposición el Pleno del Congreso aprobó la presente norma con 101 votos a favor 2 abstenciones y 0 en contra.

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