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Aprueban proyecto para reducir plazos de procedimientos por desprotección familiar y adopción

Lima.- Por mayoría, la Comisión de Mujer y Familia, que preside la congresista Lucinda Vásquez Vela, (Bloque Magisterial) aprobó el PL 3168/2022-CR que propone reducir los plazos para los procedimientos por riesgo de desprotección familiar y adopción de niños y adolescentes sin cuidados parentales.

La legisladora Milagros Jáuregui (Renovación Popular) autora de dicha iniciativa, recordó que según estudios realizados por cada tres meses que los menores se encuentran en centros de acogida temporal sufren un mes de retraso en su desarrollo.

La iniciativa aprobada con texto sustitutorio contempla que el plan de trabajo individual no debe exceder de 12 meses.

Las medidas de protección provisionales por riesgo, tiene un plazo máximo de nueve meses; excepcionalmente en aquellas situaciones en que se mantengan los factores de riesgo y por causas debidamente fundamentadas puede extenderse hasta cumplir los objetivos del plan de trabajo individual lo cual no puede superar los doce meses.

El proyecto busca reducir los plazos de permanencia en centros de acogida. Los menores de edad separados de una familia sufren del fenómeno conocido como”institucionalización” que se conoce así a los periodos prolongados de permanencia de los menores que a la larga les genera problemas psicológicos.
Informe PNP

De otro lado, el comandante general de la Policía Nacional, Jorge Luis Angulo Tejada, informó sobre los hechos contra la libertad sexual (violación sexual) que habrían ocurrido en las comisarías de Huaral (Lima provincia) y Macusani, Puno, y señaló que las investigaciones van en dos vías: la fiscal y la administrativa instancia donde se indaga desde el primer momento de conocidos los hechos.

Al personal policial involucrado se le ha suspendido mientras culmine la investigación, detalló.

El jefe nacional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público, Francisco Rubén Brizuela Pow Sang, hizo un llamado a los medios de comunicación para que informen con apego a la verdad.

Fue en referencia al informe sobre el fundamento por el cual el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Ayaviri-Puno, habría calificado según los medios de comunicación, como ‘lesiones leves’ la agresión sexual que sufriera la enfermera agredida sexualmente en esa localidad.

Brizuela explicó que el mencionado informe elevado por los médicos legistas de Ayaviri si cumplió con la adecuada valoración de la agresión sufrida por la enfermera en cuestión, según los requisitos que exige el Código Penal para considerar dicha agresión como tentativa de feminicidio.

Las conclusiones de dicho informe dan cuenta al detalle de las condiciones físicas de la víctima con inminente riesgo para su vida. Se consigna el tipo de lesiones por las que se recomienda 60 días de descanso médico, entre otros.

De manera inmediata no se le pudo calificar debido a las heridas que presentaba, las cuales no permitían la visualización ni inmediata valoración por la delicada condición de la víctima pero el informe final si lo hace, afirmó la autoridad forense.

INABIF
Luego de pasar por algunos minutos a sesión reservada, la Comisión de la Mujer recibió a la directora del INABIF, María del Carmen Barragán, quien informó sobre la situación de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en los albergues de esa institución.

Barragán Coloma solicitó a la comisión poner especial énfasis en la discusión del presupuesto destinado a la entidad que necesita de manera urgente contratar mayor cantidad de personal en las diversas modalidades laborales para el cuidado de los menores a nivel de todos sus centros de atención a nivel nacional.

La legisladora Milagros Jáuregui inquirió respecto al porqué de los 57 centros de atención a los menores, 17 hasta la fecha no están debidamente acreditados.

La comisión, también, aprobó solicitar a la Mesa Directiva del Congreso, ser la segunda comisión dictaminadora del PL 4582/2022-CR, que propone reivindicar el derecho universal a la alimentación de los hijos menores de edad desde su nacimiento, reconociendo el pleno ejercicio del principio de interés superior del niño, vinculado a su desarrollo integral.

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