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Arroz fortificado contiene vitaminas y minerales que mejora la nutrición de niños, niñas y mujeres en edad fértil

La Encuesta Nacional de Presupuesto Familiar del INEI señala que el arroz es el alimento de mayor consumo en todas las regiones del Perú. En ese sentido, el arroz fortificado, que se enriquece con vitaminas y minerales esenciales para la salud, como hierro, ácido fólico, zinc, vitamina A, vitaminas del complejo B, vitamina D y vitamina E, contribuirá con la prevención de las deficiencias nutricionales y la promoción de la salud en la población, especialmente en niños, niñas y mujeres en edad fértil.

 

Estos nutrientes adicionales en el arroz fortificado son importantes para el crecimiento y desarrollo adecuado. Por ejemplo, el ácido fólico añadido al arroz fortificado puede prevenir la anemia megaloblástica en la gestante, cuya deficiencia materna aumenta el riesgo de defectos del tubo neural de su bebé.

 

Según el Reglamento de la Ley n.° 31348, que propone el enriquecimiento del arroz en el Perú, la fortificación del arroz se realiza a través de la mezcla del arroz con grano símil o fortificante obtenido por la tecnología de extrusión tibia o caliente. Los granos fortificados extruidos son formados por la combinación de harina de arroz, agua y una mezcla de vitaminas y minerales.

 

Los micronutrientes deben ser agregados a la línea de arroz fortificado en forma de grano símil o fortificante, asegurando la homogeneidad del producto en la proporción correspondiente. El grano símil o fortificante se agrega en una proporción mínima del 2 %, logrando en color y sabor la aceptabilidad del consumidor.

 

El Instituto Nacional de Salud (INS), a través del Centro Nacional de Alimentación, Nutrición y Vida Saludable (CENAN), reconoce la efectividad de la fortificación de alimentos y como ente técnico en nutrición propuso el diseño y elaboración de la Ficha de Homologación del Arroz Fortificado. Actualmente, más de 250 empresas han obtenido el registro sanitario para producir y comercializar arroz fortificado.

 

El Reglamento de la Ley n.° 31348, aprobado con el Decreto Supremo n.° 008-2024-SA, establece que las empresas productoras de arroz del país, tienen un plazo de un año para la implementación de una línea de arroz fortificado para la población en general. Además, los programas sociales de alimentación del Estado continuarán proporcionando arroz fortificado a su población objetivo.

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