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Comisión de constitución aprueba eliminar voto de confianza a gabinete ministerial

Con 11 votos a favor y 5 en contra, la Comisión de Constitución y Reglamento aprobó -por mayoría- el dictamen de la ley de reforma constitucional que elimina el voto de confianza luego de la presentación de un nuevo Gabinete Ministerial.

El acuerdo se tomó en la sesión que realizó el viernes 11 dirigido por su presidenta la congresista Patricia Juarez Gallegos (FP).

La parlamentaria sustentó el predictamen -que reúne los PL 206/2021-CR, 306/2021- CR y 612/2021-CR- que contempla modificar el artículo 130 de la Constitución Política que señala que “dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el presidente del Consejo de Ministros concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del Gobierno y las principales medidas que requiere su gestión”.

“Esta exposición no da lugar a voto de confianza alguno”, se añade a lo antes mencionado, luego de análisis técnico realizado a las referidas iniciativas legislativas presentadas.

Durante el breve debate, el congresista, José Luis Elías (PP), planteó que se agregue que “la exposición de la política general del gobierno no da lugar a la solicitud del voto de confianza”; en tanto que, su colega Víctor Cutipa (PL) propuso que se agregue “ni censura” a la propuesta de la comisión.

Al respecto, Juárez planteó que las propuestas sean expuestas durante el debate en el pleno del Congreso.

A su turno, el congresista, Alejandro Muñante (RP), subrayó que la proyectada norma no busca cercenar ninguna facultad de otro poder del Estado, sino que se orienta a optimizar las relaciones entre los poderes Ejecutivo y Legislativo y consolidar el principio de separación de poderes. “Esta norma evita la confrontación y crisis política en nuestro país”, agregó.

En esa misma línea se pronunció el congresista Alejandro Aguinaga (FP). “En un régimen presidencial es el presidente el que nombra y responde por su Gabinete Ministerial. Él tiene que dar la confianza y no nosotros”, añadió.

PROYECTOS DE LEY

En otro momento, el congresista, Alejandro Muñante Barrios, del grupo parlamentario Renovación Popular sustentó el PL 1271/2021-CR, que interpreta el numeral 4 de la novena disposición transitoria de la Ley 31357 y reafirma la posición preferente del derecho de participación política.

El congresista recordó que en octubre del 2021 el Parlamento aprobó la ley 31357 cuyo artículo 3 incorpora la novena disposición transitoria a la ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas el cual establece que “la presentación de las afiliaciones ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones podrá efectuarse como máximo hasta el 5 de enero del 2022″.

Posteriormente, dijo el legislador, en noviembre de ese mismo año el Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución 907-2021-JNE para establecer que las organizaciones políticas inscritas deben solicitar la inscripción de su padrón de afiliados en conjunto en un solo momento.

“El Jurado Nacional de Elecciones al establecer que las organizaciones políticas deben entregar su padrón de afiliados en un solo momento crea una nueva restricción no contemplada en la Ley, lo que trasgrede el principio de legalidad y afecta el derecho fundacional a la participación política, el cual es inherente al sistema democrático”, agregó Muñante.

Finalmente aseguró que con la propuesta no se modifica la legislación electoral pues es una ley interpretativa y no se modifica el calendario electoral, ni se afecta el principio de preclusión.

Para exponer sus opiniones respecto del mismo tema se presentaron el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Jorge Salas Arenas; el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Piero Corvetto Salinas y la jefa del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), Carmen Velarde Koechlin.

La presidencia informó que los PL 1227/2021-CR y 1271/2021-CR, que versan sobre la misma materia, serán sometidos a análisis por parte de la asesoría técnica de la comisión a fin de que se elabore el dictamen correspondiente.

Finalmente, la congresista, Auristela Ana Obando Morgan (FP), tuvo a su cargo la exposición de los fundamentos del PL 920/2021-CR, por el que se regula el plazo para la publicación de las normas o documentos que el ordenamiento nacional determina que sean publicados en el diario oficial El Peruano.

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