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Osiptel confirma multa a Claro

Lima.- Osiptel también redujo una multa y ratificó otra impuestas a América Móvil del Perú (Claro). El ente regulador declaró fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la operadora contra la Resolución de Gerencia General N° 013-2020-GG/Osiptel.

En consecuencia, modificó la multa de 86.8 UIT (364,560 soles) a cincuenta 50 UIT (210,000 soles), al haber incurrido en la infracción leve tipificada en el numeral 50 del reglamento de portabilidad en el servicio público móvil y el servicio de telefonía fija.

De acuerdo con el reglamento, este numeral establece que el concesionario receptor que no cumpla con comunicar al administrador de la base de datos centralizada principal la fecha y hora prevista para la deshabilitación del número telefónico en su red, precisando si el motivo es por reclamo fundado por falta de consentimiento del abonado, o reclamo fundado por falta de cobertura; dentro del plazo de tres días hábiles contados a partir de la notificación de la resolución que resuelve el reclamo; incurrirá en infracción leve.

Asimismo, Osiptel declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por América Móvil del Perú contra la Resolución N° 014-2020-GG/Osiptel y, en consecuencia, confirmó la multa de 151 UIT (634,200 soles), al incurrir en la infracción muy grave tipificada en el artículo 3 del Anexo 5 del Texto Único Ordenado de las condiciones de uso de los servicios públicos de telecomunicaciones.

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