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Sutran: Manifiesto de usuarios electrónico deberá consignar datos relevantes de los usuarios antes del inicio del servicio

La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recuerda a los transportistas que el manifiesto de usuarios electrónico es de uso obligatorio en el servicio de transporte público de personas de ámbito nacional. En este documento se deberá consignar, antes del inicio del servicio de transporte, los nombres, apellidos y edad de los usuarios del servicio, documento nacional de identidad, pasaporte o carné de extranjería; origen y destino.

En caso de usuarios menores de edad se deberá registrar, además, el nombre de la persona con quien viaja el menor y la relación de parentesco, así como, la referencia del documento que autoriza su viaje, cuando el menor viaje solo.

Es importante señalar que, durante la prestación del servicio de transporte, el conductor registrará en forma manual en el manifiesto de usuarios impreso la información de los usuarios que se embarquen en terminales terrestres y/o estaciones de ruta comunicando a la oficina de la empresa para el registro correspondiente en el sistema.

El manifiesto de usuarios impreso deberá ser conservado por el transportista por un plazo de 30 días, contados desde el día siguiente de la fecha de culminación del viaje, y estar a disposición de la autoridad, durante dicho plazo, cuando ésta lo requiera.

Excepcionalmente, en el ámbito nacional y regional se podrá utilizar el manifiesto de usuarios manual cuando no se pueda acceder al sistema informático. El transportista deberá regularizar el registro electrónico del manifiesto de usuarios manual en un plazo de 7 días hábiles de superadas las causas que impidieron el registro.

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