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¿Vas a comprar una vivienda? Conoce los impuestos que deberás asumir

Lima, 3 de diciembre de 2020.- Si vas a comprar un departamento para es importante que conozcas qué impuestos tendrás que pagar a las municipalidades una vez te conviertas en propietario. Entre ellos, se encuentra el impuesto predial. Si no sabes en qué consiste, no te preocupes. En el siguiente artículo, le consultamos a un experto toda la información que necesitas saber sobre este tema.

Héctor Rondón, Jefe de Proyectos de la inmobiliaria Besco, nos aclara algunas dudas sobre impuesto de alcabala, predial y arbitrios.

¿Qué es el impuesto de alcabala? Este impuesto graba toda venta o transferencia de un bien inmueble, el pago está a cargo del comprador y se realiza en la municipalidad distrital donde se encuentra el inmueble. No aplica cuando una inmobiliaria o constructora realiza la primera venta de un bien inmueble. Rondón señala que al adquirir un departamento con Besco el propietario está exonerado de pagar este impuesto.

¿Qué es el impuesto predial? El impuesto predial es un tributo municipal sobre predios rústicos y urbanos. Un predio urbano es aquel que principalmente se encuentra en un sitio poblado, está dotado de servicios básicos y cuyo fin es de comercio, industria o vivienda.

Por otro lado, un predio rústico, por lo general, se sitúa en las afueras de los centros poblados, carece de servicios básicos y se destina a tareas rurales, como la ganadería o agricultura.

La recaudación, administración y fiscalización del impuesto corresponde a la municipalidad distrital donde se encuentra ubicado el predio.Se puede cancelar hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o puede fraccionarse hasta en cuatro partes trimestrales, que se deben realizar en febrero, mayo, agosto y noviembre.

Recuerda que el pago de tus impuestos se refleja en más obras para tu ciudad: limpieza, áreas verdes, mejoras de la vía pública, iluminación, creación de espacios recreacionales, recolección de basura, seguridad, entre otros servicios que benefician a los vecinos.

¿Quiénes pagan el impuesto predial? Los contribuyentes de este tipo de impuesto son aquellas personas naturales o jurídicas dueñas de los predios, ya sean rústicos o urbanos. Si se transfiere el predio – es decir si se vende – el comprador asumirá la condición de contribuyente a partir del primero de enero del año siguiente de producida la transferencia.

En caso de condóminos o copropietarios, ellos deberán comunicar a la municipalidad de su distrito la parte proporcional del predio que les corresponde. Sin embargo, la municipalidad puede exigir a cualquiera de ellos el pago total del impuesto.

¿Qué son los arbitrios? Los arbitrios son tasas municipales que se pagan por el mantenimiento de tres servicios públicos básicos: el mantenimiento de vías y recolección de residuos sólidos, mantenimiento de parques y jardines públicos, y la seguridad ciudadana y serenazgo. Este pago se puede realizar de manera anual, semestral trimestral o mensual.

Rondón nos recuerda que es importante cumplir con nuestras obligaciones como contribuyente y realizar los pagos correspondientes a tiempo.

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