Sucamec habilita formulario electrónico para registro y reporte de municiones

La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), adscrita al Ministerio del Interior, aprobó una directiva que regula el registro y reporte de transacciones comerciales de municiones para armas de fuego de uso civil a través de un formulario electrónico, obligatorio y exclusivo para toda compra, venta o transferencia realizada por agentes comercializadores autorizados en todo el país.

Con ello, se busca facilitar la recopilación, procesamiento, publicación, almacenamiento y disponibilidad de datos para asegurar la trazabilidad y garantizar que las municiones sean vendidas solo a personas naturales o jurídicas autorizadas, evitando el comercio ilegal o con fines delictivos.

El formulario electrónico tendrá carácter de declaración jurada, por lo que cualquier fraude o falsedad implicará acciones administrativas, civiles o penales para los responsables.

Identificación plena y alertas por límites máximos

Para personas naturales, los agentes comercializadores deberán consignar en el formulario el tipo y número de documento de identidad, nombres completos, domicilio, condición del administrado y destino de uso de la munición. También se registrarán datos de la licencia para uso de armas, información del arma y la munición, datos de la venta y registro biométrico como anexo.

En transacciones con empresas de seguridad privada y Servicio Individual de Seguridad Personal (Sispe), se incluirán los mismos datos, además del número de RUC, ubicación de la empresa y resolución de autorización vigente.

Para miembros de la Policía Nacional y las FF.AA., se agregarán códigos CIP y datos de licencia y/o CAF.

Otra ventaja del formulario es la emisión de alertas al alcanzarse el límite máximo permitido de 600 municiones mensuales por arma.

Traslados internos más seguros

La directiva exige que para el traslado interno de municiones entre locales de una empresa comercializadora se registre la fecha y hora programada, datos de la munición, cantidad a trasladar e información sobre los almacenes involucrados. Si se superan las 600 unidades, será obligatorio generar una guía de tránsito; para más de 5000 unidades, se requerirá custodia especial.

Sucamec informó que el formulario estará implementado en un plazo no mayor a 30 días calendario desde la publicación de la directiva. Se otorgará un plazo de 10 días para que los agentes comercializadores adecuen sus procesos y sistemas al uso obligatorio del formulario.

Durante el periodo de adecuación, podrán seguir registrando sus transacciones bajo el procedimiento vigente, con el compromiso de migrar toda la información al formulario electrónico dentro del plazo establecido.

Finalizado este plazo, toda venta no registrada será considerada como no reportada, iniciándose la evaluación y eventual sanción administrativa.

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