El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) expidió la credencial de alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima a Renzo Andrés Reggiardo Barreto, quien completará el período de gobierno municipal 2023-2026 en reemplazo del renunciante Rafael Bernardo López Aliaga Cazorla.
De igual modo, con la finalidad de completar el número de regidores del Concejo Metropolitano de Lima, el organismo electoral convocó y entregó la credencial de regidor a Cristian Santiago Góngora Chu.
Dichas convocatorias se realizaron de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 7 de noviembre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
En consecuencia, el JNE dejó sin efecto la credencial de alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima que otorgó a López Aliaga, quien presentó su renuncia al cargo el pasado 13 de octubre, la cual fue aceptada mediante Acuerdo de Concejo N.º 356 de la misma fecha y dispuso que Reggiardo Barreto, teniente alcalde de la referida comuna, asuma las funciones de burgomaestre.
Conforme a la Resolución N.º 0110-2025-JNE, la presentación de la renuncia tiene como efecto inmediato que el primer regidor asuma por encargatura las funciones del alcalde, debiendo precisar que las renuncias presentadas, en la fecha límite (13 de octubre de 2025), se entenderán concedidas con efectividad a partir del mismo día.
Esta norma señala que el alcalde encargado debe solicitar al JNE la expedición de la credencial que formalice su designación en dicho cargo, así como la del accesitario que asumirá la función de regidor para completar el número de miembros, en un plazo no mayor de 10 días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia señalada.
En caso de renuncia de la autoridad del gobierno regional, la presentación de la renuncia correspondiente tiene como efecto inmediato que el vicegobernador regional asuma por encargatura las funciones del gobernador regional, y el gobernador regional encargado debe solicitar al JNE la expedición de la credencial que formalice su designación en dicho cargo, en un plazo no mayor de 10 días hábiles, contados a partir de la presentación de la renuncia señalada.
En caso de que el gobernador y el vicegobernador regional renuncien, el consejo regional deberá elegir a los que ocuparán sus cargos entre los consejeros regionales, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de las renuncias señaladas.
En ese sentido, el organismo rector del sistema electoral emitirá las credenciales que le sean solicitadas.