La Asociación Peruana de Empresas de Seguros (APESEG) comunica a la opinión pública lo siguiente:
- Lamentamos profundamente el choque entre un ómnibus interprovincial y una camioneta pick up, ocurrido en el kilómetro 780 de la carretera Panamericana Sur, en el distrito de Ocoña, provincia de Camaná (Arequipa).
- Informamos que el bus de la empresa Llamosas, de placa VCG-962, cuenta con Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente a la fecha, emitido por la empresa La Positiva, mientras que la camioneta, de matrícula VCN-735, tiene SOAT vigente, emitido por la empresa Rímac Seguros.
- A los familiares directos de las personas fallecidas en este accidente les recordamos que los gastos de sepelio están cubiertos hasta por 1 UIT (S/5,350) y que la ley les otorga una indemnización de 4 UIT (S/21,400), según el orden de precedencia establecido en la ley del SOAT (DS N°024-2002).
- Recordamos que el SOAT de la unidad en la cual se trasladaban los agraviados cubre también los gastos médicos de los heridos hasta por 5 UIT (S/26,750), sin investigación policial ni pronunciamiento de autoridad alguna para proceder con las atenciones e indemnizaciones.
- De igual forma, el SOAT cubre una indemnización diaria, por cada día de Incapacidad Temporal derivada de las lesiones del accidente de tránsito (S/37.66 por día). Los días de incapacidad temporal son establecidos por el médico tratante. En el caso de una invalidez permanente parcial o total, la indemnización será de hasta 4 UIT (S/21,400) dependiendo del grado de menoscabo que afecte a la víctima.
- La ley otorga un plazo de dos años para el cobro de las indemnizaciones; razón por la cual, es necesario que las personas perjudicadas por un accidente de tránsito se acerquen dentro de dicho plazo para el pago de los beneficios que les corresponden.