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Congreso de la República presentó solicitud suscrita con firmas manuscritas por 59 congresistas

Se hace de conocimiento de los señores congresistas y ciudadanos, lo siguiente: 1. Según lo informado por el Área de Trámite Documentario del Congreso de la República, el viernes 16 de julio de 2021, a las 20:21 hrs., se presentó una solicitud suscrita con firmas manuscritas por 59 congresistas, acompañando fotocopia de 11 documentos de adhesión firmados digitalmente por 11 congresistas, mediante la cual se solicita ampliar la convocatoria de la cuarta legislatura ordinaria hasta el 22 de julio, para: i) debatir las iniciativas legislativas que han sido observados por el Poder Ejecutivo para una posible insistencia; ii) debatir los proyectos de ley que se encuentran pendientes de segunda votación, conforme al artículo 78 del Reglamento del Congreso; y, iii) verificar los casos pendientes en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. 2. El último párrafo del artículo 49 del Reglamento del Congreso establece la posibilidad de ampliar la convocatoria de la legislatura a solicitud de los señores congresistas, siempre que esta cumpla con dos requisitos indispensables: i) contener agenda fija y ii) que la solicitud lo suscriban 66 congresistas. Al respecto se advierte que la solicitud presentada no cumple con la exigencia de señalar una “agenda fija” que permita ampliar la convocatoria. Se propone tratar iniciativas observadas para una “posible insistencia”, lo cual es un aspecto indeterminado. Asimismo, se propone “verificar los casos pendientes en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales”, lo cual no constituye tema de agenda para el Pleno del Congreso de la República. Respecto al número de firmas (66) que debe contener la solicitud de ampliación de convocatoria, el Área de Trámite Documentario ha informado la imposibilidad de validar las firmas digitales de los señores congresistas, con el aplicativo RE FIRMA de RENIEC, por haberse adjuntado a la solicitud presentada físicamente, fotocopia de los documentos de adhesión a la solicitud suscrita presencialmente, situación que impide verificar el cumplimiento del requisito numérico exigido por la norma reglamentaria. Ello, sin perjuicio de señalar que la solicitud debe ser suscrita física o virtualmente por los señores congresistas, la adhesión a una solicitud no constituye per se la suscripción de la misma. 3. En tal sentido, NO RESULTA ADMISIBLE la solicitud de ampliación de convocatoria de la cuarta legislatura, porque afectaríamos los derechos, principios y valores contenidos en la Constitución Política del Perú, así como a las disposiciones del Reglamento del Congreso de la República. Lima, 16 de julio de 2021. PRESIDENCIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA1. Según lo informado por el Área de Trámite Documentario del Congreso de la República, el viernes 16 de julio de 2021, a las 20:21 hrs., se presentó una solicitud suscrita con firmas manuscritas por 59 congresistas, acompañando fotocopia de 11 documentos de adhesión firmados digitalmente por 11 congresistas, mediante la cual se solicita ampliar la convocatoria de la cuarta legislatura ordinaria hasta el 22 de julio, para: i) debatir las iniciativas legislativas que han sido observados por el Poder Ejecutivo para una posible insistencia; ii) debatir los proyectos de ley que se encuentran pendientes de segunda votación, conforme al artículo 78 del Reglamento del Congreso; y, iii) verificar los casos pendientes en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales. 2. El último párrafo del artículo 49 del Reglamento del Congreso establece la posibilidad de ampliar la convocatoria de la legislatura a solicitud de los señores congresistas, siempre que esta cumpla con dos requisitos indispensables: i) contener agenda fija y ii) que la solicitud lo suscriban 66 congresistas. Al respecto se advierte que la solicitud presentada no cumple con la exigencia de señalar una “agenda fija” que permita ampliar la convocatoria. Se propone tratar iniciativas observadas para una “posible insistencia”, lo cual es un aspecto indeterminado. Asimismo, se propone “verificar los casos pendientes en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales”, lo cual no constituye tema de agenda para el Pleno del Congreso de la República. Respecto al número de firmas (66) que debe contener la solicitud de ampliación de convocatoria, el Área de Trámite Documentario ha informado la imposibilidad de validar las firmas digitales de los señores congresistas, con el aplicativo RE FIRMA de RENIEC, por haberse adjuntado a la solicitud presentada físicamente, fotocopia de los documentos de adhesión a la solicitud suscrita presencialmente, situación que impide verificar el cumplimiento del requisito numérico exigido por la norma reglamentaria. Ello, sin perjuicio de señalar que la solicitud debe ser suscrita física o virtualmente por los señores congresistas, la adhesión a una solicitud no constituye per se la suscripción de la misma. 3. En tal sentido, NO RESULTA ADMISIBLE la solicitud de ampliación de convocatoria de la cuarta legislatura, porque afectaríamos los derechos, principios y valores contenidos en la Constitución Política del Perú, así como a las disposiciones del Reglamento del Congreso de la República. Lima, 16 de julio de 2021. PRESIDENCIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

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