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Incorporan alerta Amber para desaparición de personas en situación de vulnerabilidad

El Pleno del Congreso aprobó el dictamen del Proyecto de Ley 2176/2021 que propone la ley que modifica el Decreto Legislativo 1428, que desarrolla las medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, a fin de incorporar la alerta Amber.

El texto sustitutorio fue aprobado por unanimidad, es decir, con 101 votos a favor.

El proyecto de ley desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situaciones de vulnerabilidad.

Refiere que las instituciones públicas o privadas apoyan la difusión de la nota de alerta y la alerta de emergencias una vez que la PNP haya difundido la desaparición. Estas instituciones ponen a disposición de la autoridad policial los canales de coordinación y articulación pertinentes, incluyendo la alerta Amber.

También establece que el Comité Amber estará conformado por un representante del Ministerio del Interior que lo presidirá, representantes de los Ministerios de Defensa, Educación, de la Mujer y Publicaciones Vulnerables, Relaciones Exteriores, Salud y de Transporte y Comunicaciones.

La propuesta señala que la alerta Amber es un formato emitido por la PNP sobre la base de la información de la alerta de emergencia, destinado a ser notificado y publicitado por radio, televisión, publicidad exterior, páginas de internet de dominio público y privado, y cualquier otro medio disponible, según lo disponga el comité Amber, y hasta por el tiempo máximo que determine el reglamento, aplicable a niños, niñas y adolescentes.

Previamente, el Pleno del Congreso aprobó la reconsideración del proyecto de ley con 93 votos a favor, seis en contra y cero abstenciones, que había sido votado en febrero de este año.

El pedido fue planteado por la congresista Heidy Juárez Calle (PP), vicepresidenta de la Comisión de Mujer y Familia.

“Debo señalar que, por recomendaciones del Área de Técnica Legislativa, corresponde realizar precisiones en el texto legal; para lo cual al amparo del segundo párrafo del artículo 58 del Reglamento del Congreso de la República solicito la reconsideración a la votación aprobatoria del dictamen”, expresó.

El dictamen fue exonerado de segunda votación por unanimidad.

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