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Sunarp facilita la recepción de certificados de publicidad registral implementando Casilla Electrónica

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos del Ministerio de Justicia  y Derechos Humanos, mediante Resolución N° 029-2021-SUNARP/DTR publicada en  el diario oficial El Peruano, aprobó los lineamientos del servicio de Casilla Electrónica,  el cual garantiza la oportuna recepción de publicidad certificada por parte de los  solicitantes. Este espacio virtual albergará las notificaciones relacionadas con la  expedición de publicidad registral, simplificando la entrega y recepción de las mismas. 

“Los certificados compendiosos emitidos por abogado certificador o registrador,  contienen el extracto o resumen de la información que consta en la partida registral,  tales como: titularidad, gravamen, carga, nombramiento, revocación u otro dato inscrito  solicitado por el usuario; por ello, resulta de suma importancia contar con un espacio de  fácil acceso, que asegure que las comunicaciones que efectúa la Sunarp lleguen  oportunamente y de manera segura al solicitante o interesado”, subrayó el  superintendente nacional, Harold M. Tirado Chapoñan. 

Este nuevo producto, agregó el titular de la Sunarp, se enmarca en la política de  transformación digital impulsada por la actual gestión, orientada a la prestación de  servicios registrales cada vez más seguros y sencillos, que generen valor para el  ciudadano. 

De acuerdo con la mencionada resolución, la Casilla Electrónica estará habilitada, en  una primera etapa, para los siguientes servicios de publicidad registral: 

1. Certificado literal de todos los registros jurídicos.  

2. Certificado de vigencia de poder de persona jurídica.  

3. Certificado Registral Inmobiliario (CRI).  

4. Certificado de cargas y gravámenes.  

5. Certificado de vigencia de órgano directivo.  

6. Certificado de vigencia de persona jurídica.  

7. Certificado positivo de unión de hecho.  

8. Certificado negativo de unión de hecho.  

9. Certificado positivo de sucesión intestada.  

10. Certificado negativo de sucesión intestada. 

Cabe precisar que la afiliación a la Casilla Electrónica es opcional, por lo que no  suscribirse a la misma no impide la prestación de dichos servicios ni incide en los efectos  de la publicidad registral solicitada. 

La afiliación al servicio se puede realizar presencialmente ante las oficinas registrales o  desde el portal institucional de la Sunarp. El acceso a la casilla por  parte de la persona natural, persona jurídica o notario se efectúa mediante la indicación  de su cuenta-usuario y contraseña en la plataforma web. 

Validez y efectos de la notificación en la Casilla Electrónica  

La notificación de la atención a las solicitudes de publicidad registral certificada se  entiende válidamente efectuada cuando la Sunarp registra en la Casilla Electrónica el  pronunciamiento del servidor público competente, a través de un enlace web, el cual  puede contener según el caso: la emisión de la publicidad certificada o la esquela de  liquidación, denegatoria u observación, de conformidad con lo previsto en el Reglamento  del Servicio de Publicidad Registral. 

A partir del día hábil siguiente de producirse el registro de la notificación en la Casilla Electrónica se inicia el cómputo de los plazos siguientes: 

• Treinta (30) días hábiles para la subsanación o pago de mayor derecho.  • Quince (15) días hábiles para formular recurso de apelación ante el Tribunal Registral. 

Es de señalar que la Sunarp evalúa implementar la Casilla Electrónica para otros  servicios y procedimientos (resoluciones del Tribunal Registral, trámites administrativos,  entre otros) a fin de contar con un medio confiable que brinde la certeza de la notificación  prescindiendo del soporte papel. 

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