Cuando una persona afiliada a una AFP fallece, es común que surjan dudas como: ¿qué pasa con su fondo?, ¿se pierde?, ¿se puede heredar? La respuesta es que los fondos no se pierden. Dependiendo de cada caso, pueden destinarse a pensiones para los beneficiarios o convertirse en herencia.
¿Cuándo se genera herencia en el SPP? La herencia se genera cuando, tras el fallecimiento del afiliado o pensionista, no existen beneficiarios de pensión o, habiéndolos, queda un saldo disponible luego de cubrir esas pensiones.
Joel Boza, Gerente de Operaciones al Afiliado en Prima AFP, explica que existen diversos escenarios:
- Si no hay beneficiarios de pensión, el total del fondo acumulado pasa a ser herencia.
- Si hay beneficiarios, como cónyuge o hijos menores, el fondo se utiliza para pagar pensiones de sobrevivencia.
- Si, luego de pagar esas pensiones, queda un saldo, ese monto puede constituirse como herencia.
- En algunos casos de pensionistas, dependiendo del tipo de pensión, puede existir un capital o saldo que también se hereda.
¿Quiénes pueden recibir una pensión de sobrevivencia? La normativa establece beneficiarios como:
- Cónyuge o conviviente
- Hijos menores de edad o mayores con invalidez
- Padres, si cumplen ciertas condiciones
Si no existen estos beneficiarios, recién se activa la figura de herencia.
“La finalidad del sistema es proteger al afiliado, y a su familia, en caso de fallecimiento. Ante esto, lo primero que se evalúa es si existen beneficiarios con derecho a pensión. Solo en ausencia de ellos, o cuando existe un saldo adicional, se genera una herencia”, explica Boza.
¿Qué deben hacer los familiares?
- Informar el fallecimiento de su familiar afiliado a la AFP
- Presentar la documentación requerida
- Iniciar el proceso de evaluación de beneficiarios o herederos