Actualidad

Debe garantizarse accesibilidad y ajustes razonables para personas con discapacidad en el día de las elecciones

La Defensoría del Pueblo instó a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a garantizar la accesibilidad en la jornada electoral de este domingo 6 de junio para que las personas con discapacidad puedan ejercer su derecho al voto en condiciones de igualdad, tal como lo establece la Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley n.º 29973, que señala en su artículo 12 el derecho a participar en la vida política y pública en igualdad de condiciones, incluyendo el derecho a elegir y ser elegido.

Cabe señalar que en supervisiones realizadas a instituciones educativas, la Defensoría del Pueblo advirtió que solo el 0.7 % de ellas son accesibles pues no cuentan con rampas, baños accesibles, pasadizos amplios, entre otros. En ese sentido, se solicitó a la ONPE desplegar acciones coordinadas para superar dichas barreras, de modo tal que electoras/es con discapacidad puedan ejercer su derecho.

Por otro lado, Malena Pineda, jefa del Programa de Defensa y promoción de Derechos de las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo indicó que en la jornada electoral anterior la ONPE dispuso 13 425 mesas especiales para 356 007 electoras/es con discapacidad.

Dicha cifra se obtuvo a partir del registro de las personas con discapacidad en su página web, en el registro de Conadis, o en la base de datos del Reniec. No obstante, debe recordarse que en el año 2017 el censo del INEI señaló que existían 2 613 926 personas con discapacidad que ya tenían 18 o más años de edad. Es decir, el número de ciudadanas/os con discapacidad que hoy en día se encuentran aptos para ejercer el voto, debe superar ampliamente la cifra identificada por la ONPE.

En ese sentido, la representante de la Defensoría del Pueblo señaló que instalación de mesas especiales de votación para las personas con discapacidad es una medida necesaria; pero no la única a implementar. Es fundamental considerar la instalación de mesas de votación en el primer piso, cercanas a los ingresos de cada uno de los centros de votación y que se mantenga la atención preferente más allá de los horarios establecidos para personas con discapacidad, considerando las barreras en el acceso al transporte y movilización.

Asimismo, indicó que entre las medidas que deben ser contempladas por los órganos electorales están la colocación de rampas, contar con material en sistema Braille, o garantizar ajustes razonables tales como permitir que las personas con discapacidad sean acompañadas a la cámara secreta por una persona de su confianza.

Pineda remarcó que la ONPE debe instruir claramente a su personal desplegado en los centros de votación y los miembros de mesa para que cumplan con garantizar el ejercicio del derecho al voto a todas las personas con discapacidad, sin restricciones, incluyendo aquellas con discapacidad intelectual y psicosocial o mental. Además, señaló que, ante algún caso de vulneración del derecho al voto de las personas con discapacidad por falta de accesibilidad o implementación de ajustes razonables, este hecho debe ser comunicado inmediatamente a los coordinadores del local de votación de las oficinas descentralizadas de procesos electorales donde se registre el incidente. De igual modo, la Defensoría del Pueblo tiene abierta su línea de atención a la ciudadanía a nivel nacional 0800-15-170.

Finalmente, la institución solicitó que debido a la pandemia por el COVID-19 se despliegue personal en cantidad suficiente para que se fiscalice el uso correcto de las mascarillas, el cumplimiento del distanciamiento físico y que se evite la formación de aglomeraciones. 

Wordpress Social Share Plugin powered by Ultimatelysocial
YouTube
YouTube
Instagram