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Multas por exceder velocidad no están sujetas a descuentos

Lima. – ¡Mucha atención! Las multas por exceder los límites máximos de velocidad conllevan sanciones pecuniarias que van desde los S/ 927 hasta S/ 2575, además de la acumulación de puntos en el récord del conductor, según la gravedad de la infracción.

Al tratarse de una infracción muy grave, además que representa un peligro para los usuarios de la vía, no se encuentra sujeta al descuento por pronto pago o al Programa de Regularización de Sanciones (PRS).

Asimismo, el código infractor M.20 del Anexo I del Reglamento Nacional de Tránsito, contempla los siguientes supuestos:

– Superar hasta en 10 km/h adicionales el límite máximo establecido en la vía, se sanciona con una multa del 18% de una UIT y 50 puntos en el récord de conductor.

– Superar el límite en más de 10 km/h hasta en 30 km/h adicionales o lo establecido, amerita una sanción de multa del 24% de la UIT y 60 puntos en el récord del conductor.

– Superar el límite máximo establecido en más de 30 km/h adicionales, conlleva a una sanción de multa del 50% de la UIT y la acumulación de 70 puntos en el récord del conductor.

En ese sentido, se exhorta a los conductores a conducir con la debida precaución y respetar los límites máximos de velocidad establecidos en las vías, a fin de prevenir ocurrencia de siniestros viales.

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